CAPÍTULO V.
DE LA SUSPENSIÓN, RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 26.
Habitabilidad de la vivienda
Cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente la hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna.
La suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta.
Artículo 27.
Incumplimiento de obligaciones
1. El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil.
2. Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.
La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
El subarriendo o la cesión inconsentidos.
La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador, cuando el consentimiento de éste sea necesario.
Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.
3. Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere al artículo 21.
La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
Artículo 28.
Extinción del arrendamiento
El contrato de arrendamiento se extinguirá, además de por las restantes causas contempladas en el presente Título, por las siguientes:
Por la pérdida de la finca arrendada por causa no imputable al arrendador.
Por la declaración firme de ruina acordada por la autoridad competente.
Título II. De los Arrendamientos de Vivienda
Capítulo II. De la Duración del Contrato
Capítulo IV. De los Derechos y Obligaciones de las Partes
Capítulo V. De la Suspensión, Resolución y Extinción del Contrato
Título III. De los Arrendamientos para uso distinto del de Vivienda
Título IV. Disposiciones Comunes