VPO o VPT

Precio: El precio máximo de venta está legalmente limitado.

Destino: La vivienda debe ocuparse en el plazo máximo fijado y destinarse necesariamente a domicilio habitual y permanente.

Limitaciones: Es muy frecuente que existan restricciones a la venta de la vivienda, prohibición de transmitirla durante cierto tiempo o derechos de adquisición preferente por parte de la Administración.

Ayudas a la compra: La adquisición de una VPO goza de ayudas económicas directas, préstamos subvencionados, así como exenciones fiscales y rebajas de los aranceles notariales y registrales.

Conclusión: Antes de adquirir una vivienda de esta naturaleza, asegúrese de su régimen legal específico. El departamento de su Comunidad Autónoma le facilitará cuanta información necesite.

     La adquisición de un piso 'sobre plano' plantea la necesidad de asegurar al comprador que la vivienda se construirá, que se entregará en el plazo previsto y que reunirá las características, instalaciones, servicios y calidades pactados. La Ley establece una serie de derechos y garantías que usted debe conocer y utilizar.

Contrato de compraventa

     Quien decide comprar una vivienda habitualmente entrega una cantidad en concepto de 'reserva'. El siguiente paso es reunirse con la parte vendedora para firmar el contrato privado de compraventa.

     La redacción del contrato debe responder a los principios de buena fe y equilibrio de los derechos y obligaciones de ambas partes. El contrato debe incluir todas las condiciones generales y especiales y, en particular, que el comprador no pagará los gastos que correspondan legalmente al vendedor y que tiene derecho a elevar a escritura pública el contrato, así como a elegir notario.

     Normalmente, el vendedor presenta un modelo de contrato: tenga en cuenta que usted no tiene obligación de aceptarlo y que si alguna cláusula no le parece correcta puede participar en su confección. Si el vendedor se opone puede negarse a firmar exigiendo la devolución íntegra de la cantidad entregada como señal, sin que la parte vendedora pueda alegar incumplimiento.