El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia recoge en su artículo 11.1 la competencia de nuestra comunidad en materia de sanidad. Por eso, el Decreto 80/2005, de 8 de julio, regula el derecho de los pacientes a la expresión anticipada de su voluntad respecto a las decisiones clínicas que les atañen.
En este sentido, el Decreto regula la forma en que deberá proceder el individuo para realizar su Documento de Instrucciones Previas, su contenido, su inscripción en un registro, o su capacidad de modificación.