PRESENTACIÓN

    Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2007 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (Ley de Dependencia) nace un nuevo derecho para todos los ciudadanos y ciudadanas. Con el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) que la Ley crea, todas las personas mayores o con discapacidad que no puedan valerse por sí mismas serán atendidas por las Administraciones Públicas, garantizándoles el acceso a los servicios sociales públicos y a las prestaciones económicas más adecuadas a sus necesidades.

    En España los cambios demográficos y sociales están produciendo un incremento progresivo de la población en situación de dependencia. Nos encontramos con un importante crecimiento de la población de más de 65 años, que se ha duplicado de largo en los últimos cuarenta años (7,5 millones de personas según el Avance del Padrón a 1 de enero de 2007), con un aumento muy significativo de la población con edad superior a 80 años; a esta realidad debe añadirse la dependencia por razones de enfermedad y otras causas de discapacidad o limitación.

    Hasta ahora han sido las familias las que tradicionalmente han asumido el cuidado de las personas en situación de dependencia. Los cambios en el modelo de familia y la incorporación progresiva de la mujer al mercado de trabajo han introducido nuevos factores en esta situación.

    La Ley de Dependencia configura el derecho a la atención de las personas en situación de dependencia como un nuevo derecho de ciudadanía, un derecho de acceso en igualdad a elementos esenciales para la vida autónoma de muchas personas, para su dignidad, un derecho de cuya directa significación para la vida de sus titulares es inherente a la dignidad de las personas y al libre desarrollo de la personalidad. Toda la sociedad española ha ido poniendo uno tras otro los peldaños para alcanzar esta meta: los sindicatos y los empresarios, con el acuerdo que sirvió de base para elaborar la Ley y a los cuales se le deben las piezas claves del sistema; las organizaciones más representativas de las personas mayores y de las personas con discapacidad, que con paciencia y tesón han hecho ver la realidad a la que se enfrentan cada día las personas en situación de dependencia.

    Más de un millón de personas en situación de dependencia son los destinatarios de la Ley, que verán fortalecida su autonomía personal, su capacidad de valerse por sí mismos; con ellos son también destinatarios sus familias, las personas que están dedicando su vida a cuidar a los que lo necesitan.

    Será también importante su impacto laboral, porque en los próximos diez años se crearán más de 300.000 empleos en este sector, empleos que satisfagan las condiciones necesarias de formación y calidad en su empleo y en la atención a las personas en situación de dependencia.

    Es considerable el esfuerzo de cooperación y coordinación así como financiero, que se va a exigir a las distintas Administraciones Públicas, con una previsión de 26.000 millones de euros aportada en los próximos años para lograr la implantación gradual del Sistema. Pero, sobre todo, es un proyecto grande, ambicioso, lleno de compromiso en su significado político y social, porque es un proyecto de solidaridad, de solidaridad y cohesión intergeneracional; porque es un proyecto de solidaridad con los que más lo necesitan, con las personas con discapacidad, con los mayores, con sus familias, con aquellos que dedican su vida a cuidar de las personas que no pueden realizar por sí mismas las actividades básicas de la vida diaria.

    La implantación de la Ley será progresiva. En el año 2007 han accedido al Sistema los casos más graves, las personas que se encuentran en situación de gran dependencia, las que demanden ayuda con mayor urgencia; en 2008 se atenderá a las personas con dependencia severa Grado II, nivel 2 (personas aue necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día pero no requieren el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal).

    Los ciudadanos y ciudadanas pueden ya exigir efectivamente este derecho a las Administraciones competentes, en este caso, a las Comunidades Autónomas. Así podrán acudir a los servicios sociales correspondientes para solicitar una evaluación que determine su posible grado y nivel de dependencia. Una vez definida la situación personal, los profesionales de los servicios sociales elaborarán un Programa Individual de Atención, que incluirá los servicios y prestaciones que el ciudadano necesite y que los poderes públicos tienen ahora por Ley la obligación de ofrecerles, siempre teniendo en cuenta el calendario de implantación progresiva de la Ley de Dependencia.

Presentación

Exposición de Motivos

Título Preliminar

Disposiciones Generales

Título I. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Capítulo I. Configuración del Sistema

Capítulo II. Prestaciones y Catálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Capítulo III. La Dependencia y su valoración

Capítulo IV. Reconocimiento del derecho

Capítulo V. Financiación del Sistema y aportación de los beneficiarios

Título II. La Calidad y Eficacia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Capítulo I. Medidas para garantizar la calidad del Sistema

Capítulo II. Formación en materia de Dependencia

Capítulo III. Sistema de Información

Capítulo IV. Actuación contra el fraude

Capítulo V. Órganos consultivos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

Título III. Infracciones y Sanciones

Disposiciones Adicionales

Disposiciones Transitorias

Disposiciones Finales

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