Está prohibido incluir en el contrato de compraventa cláusulas 'abusivas'. De incluirse, se considerarán nulas.
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Atribución al vendedor del derecho de interpretar o modificar unilateralmente el contrato.
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Inclusión de fechas de entrega meramente indicativas o condicionadas a la voluntad del promotor.
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Declaraciones de conformidad por el comprador respecto a hechos o aspectos que no ha tenido oportunidad de conocer.
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Imposición al consumidor de la adquisición de bienes o servicios complementarios o accesorios no solicitados por él.
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Autorización al vendedor para incrementar el precio por conceptos que no impliquen prestaciones adicionales que pueda aceptar o rechazar libremente el comprador.
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Obligación del comprador para subrogarse o pagar un préstamo solicitado por el promotor.
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Obligación de pagar por reformas no acordadas previamente.
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Cobro al adquirente de gastos administrativos o bancarios no generados por él.
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Renuncia del comprador respecto a su derecho a elegir notario.