El cuaderno particional es el documento en que se formaliza la parte de la herencia que corresponde a cada heredero.
En una primera fase, se realiza el inventario de los bienes de la herencia.
En una segunda, se tasan los bienes a precios "reales".
En la tercera fase, la liquidación, se calculan los bienes a repartir, una vez deducidas las deudas y cargas de la herencia.
En la última fase, se forman lotes con los bienes que corresponden a cada heredero y se les entregan.
Es el documento público o privado en el que se formaliza la partición, la parte que corresponde a cada heredero/legatario. A la hora de realizar la partición es absolutamente necesario conocer los bienes de la herencia para poder realizar la partición de manera equitativa.
Ese proceso tiene diferentes fases, que quedarán reflejadas en el cuaderno particional:
1. Inventario del caudal relicto
Es una operación consistente en concretar y detallar definitivamente cuáles son los bienes de los que consta la herencia.
2. Avalúo
Se trata de la operación mediante la cual se tasan o valoran todos los bienes identificados en el inventario. La valoración a realizar debe ser "real", es decir, lo normal será utilizar el valor de mercado del bien en el momento en que se realiza la partición de la herencia, siendo éste el valor de referencia, aunque existen supuestos en los que hay unos criterios específicos de valoración, aplicables a determinados bienes (bienes inmuebles, títulos cotizables).
Esta operación puede ser realizada por el propio testador en el testamento, por acuerdo de los herederos, por el contador partidor, por el perito (en el caso de partición realizada mediante procedimiento judicial), etc.
3. Liquidación
Esta operación tiene por objeto calcular la parte de la herencia a repartir efectivamente, es decir, minorando la parte correspondiente a deudas y cargas que recaen sobre la herencia.
4. Formación de lotes y adjudicación
En esta última fase se le entregarán a cada heredero los títulos de propiedad de los bienes que les han correspondido. El partidor deberá formar lotes con bienes que tengan el valor que corresponde a cada heredero, aunque sean de diferente tipo.
Si existen bienes que sean indivisibles, podrá asignarse a un solo heredero que deberá pagar el valor de la parte que no le correspondía a los restantes herederos, aunque basta que uno solicite la pública subasta del bien para que se deba proceder a ella y repartir lo obtenido.
Si los herederos lo son a partes iguales, los diferentes lotes de igual valor se sortearán entre los herederos a no ser que acuerden otra forma de asignación.