La Región de Murcia es un enclave privilegiado desde el punto de vista de su patrimonio medioambiental y su biodiversidad. Este idílico escenario es ambicionado por los entusiastas de la caza y de la pesca en todas sus modalidades.

     Con el fin de compatibilizar el ejercicio de las actividades cinegéticas y piscícolas con la conservación de nuestro medio natural, se promulgó la Ley 7/1995 de 21 de abril, de Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial, que aplicaba las Directivas europeas sobre conservación de la diversidad biológica. Esta legislación fue actualizada por la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, que establece una regulación particularizada de la caza y la pesca fluvial.

1. Caza y pesca en la Región de Murcia

1.1. Introducción

1.2. Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia

1.3. Objeto de la Ley de Caza y Pesca

1.4. Las Piezas

1.5. Los Espacios Naturales con Especial Protección

1.6. Las actuaciones de Protección Biológica

1.7. La cría en cautividad

1.8. El control sanitario de la caza y la pesca

1.9. El ejercicio de la caza y de la pesca

1.10. Órganos administrativos vinculados a la caza y la pesca en la Región de Murcia

1.11. El régimen sancionador en materia de caza y pesca

2. Caza

2.1. Terrenos cinegéticos

2.2. Terrenos no cinegéticos

3. Pesca

3.1. Clasificación de las aguas