Free cookie consent management tool by TermsFeed Ley de Protección de datos de Carácter Personal. DISPOSICIONES FINALES- - Región de Murcia Digital
CANAL JURÍDICO

Ley de Protección de datos de Carácter Personal. DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIONES FINALES

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
Habilitación para el desarrollo reglamentario

El Gobierno aprobará, o modificará, las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente Ley.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Preceptos con carácter de Ley ordinaria

Los Títulos IV, VI excepto el último inciso del párrafo 4 del artículo 36 y VII de la presente Ley, la disposición adicional cuarta, la disposición transitoria primera y la final primera tienen el carácter de Ley ordinaria.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.
Entrada en vigor

La presente Ley entrará en vigor en el plazo de un mes, contado desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Por tanto, mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica.

Madrid, 13 de diciembre de 1999.

- Juan Carlos R. -

El Presidente del Gobierno,

José María Aznar López.